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RGPD y LOPDGDD: ¿Qué diferencias hay?

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Resumen

¿Qué es el RGPD?

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es la normativa europea que regula el tratamiento de datos personales en todos los Estados miembros de la Unión Europea. Su objetivo principal es garantizar que el uso de datos personales sea lícito, transparente y seguro, reforzando los derechos de las personas y estableciendo obligaciones claras para las organizaciones que tratan esos datos.

Este reglamento tiene un ámbito de aplicación extraterritorial, lo que significa que también afecta a empresas situadas fuera de la UE si tratan datos de personas residentes en Europa. 

Entre sus pilares fundamentales se encuentran:

  • El consentimiento válido
  • La minimización de datos
  • La responsabilidad proactiva (accountability)
  • La privacidad desde el diseño 
  • El refuerzo de derechos como el acceso, la rectificación, la oposición o el derecho al olvido

¿Qué es la LOPDGDD?

La Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) es la norma española que adapta, complementa y desarrolla el RGPD en el ordenamiento jurídico nacional. 

Su propósito es concretar aspectos que el reglamento europeo deja a decisión de los Estados miembros, como el tratamiento de datos en el ámbito laboral, el sistema educativo o la gestión del consentimiento en determinados contextos.

Además, la LOPDGDD introduce los derechos digitales, un conjunto de garantías adicionales para proteger la privacidad en entornos como internet, redes sociales, relaciones laborales digitales o dispositivos conectados. En este sentido, la LOPDGDD no sustituye al RGPD, sino que actúa como una extensión que detalla cómo deben aplicarse sus principios en España.

Simplifica el cumplimiento legal

Una empresa de software de protección de datos puede ser tu mejor aliado para cumplir el RGPD sin dolores de cabeza.

A continuación puedes ver los hitos más importantes sobre la protección de datos a nivel español:

AñoHito normativoDescripción
1978Constitución Española – Art. 18.4Reconoce el derecho fundamental a la intimidad personal y familiar, sentando las bases de la protección de datos en España.
1992Creación de la AEPD y aprobación de la LOPDSe constituye la Agencia Española de Protección de Datos y se aprueba la primera Ley Orgánica que regula específicamente los datos personales.
1995Directiva 95/46/CELa Unión Europea establece un marco común de protección de datos para todos los Estados miembros, base del sistema europeo durante dos décadas.
2016Aprobación del RGPDEl Reglamento General de Protección de Datos sustituye a la Directiva 95/46/CE con un enfoque más estricto, homogéneo y adaptado al entorno digital.
2018Entrada en vigor del RGPD y aprobación de la LOPDGDDEl RGPD pasa a ser aplicable en toda la UE y España adapta su marco mediante la LOPDGDD, que añade derechos digitales y especificaciones nacionales.

Principales diferencias entre RGPD y LOPDGDD

Aunque ambas normativas forman parte del marco regulatorio de protección de datos en España, presentan diferencias relevantes. El RGPD es un reglamento europeo directamente aplicable en todos los Estados miembros y establece los principios generales, derechos y obligaciones en materia de protección de datos. 

La LOPDGDD, por su parte, actúa como una norma de desarrollo que adapta esos principios a la legislación española, proporcionando especificaciones adicionales en ámbitos donde el RGPD permite margen regulatorio.

Una diferencia clave es su alcance territorial y jerárquico. El RGPD tiene carácter supranacional y prevalece sobre cualquier ley nacional en caso de conflicto. La LOPDGDD opera únicamente dentro del territorio español y debe respetar los límites del reglamento europeo.

En cuanto a su aplicación práctica, el RGPD regula cuestiones generales como las bases jurídicas para el tratamiento, el consentimiento, los derechos de las personas o la figura del Delegado de Protección de Datos. La LOPDGDD concreta aspectos como el tratamiento de datos de empleados, el uso de sistemas de videovigilancia, los ficheros de solvencia patrimonial, los sistemas de denuncias internas o los derechos digitales en internet.

Por ejemplo, mientras que el RGPD define las reglas para el consentimiento válido, la LOPDGDD aclara cómo debe gestionarse en contextos como el ámbito educativo o las relaciones laborales. 

Asimismo, el RGPD reconoce derechos como el de supresión, pero es la LOPDGDD la que incorpora el derecho a la desconexión digital o el derecho a la portabilidad en servicios equivalentes.

Cómo implementar RGPD y LOPDGDD en tu empresa

La aplicación combinada del RGPD y la LOPDGDD requiere una estrategia estructurada que permita garantizar el cumplimiento en todas las áreas donde se tratan datos personales. 

El primer paso consiste en analizar los tratamientos de datos existentes, elaborar un inventario actualizado y determinar la base jurídica aplicable en cada caso. 

A partir de este análisis, las empresas deben actualizar sus políticas de privacidad, asegurándose de que incluyen toda la información exigida por ambas normas.

La gestión del consentimiento es otro aspecto fundamental. Las organizaciones deben adoptar sistemas que permitan solicitarlo de forma clara, registrar su otorgamiento y garantizar que los usuarios puedan modificar o retirar su decisión en cualquier momento. En este punto, soluciones como Usercentrics CMP facilitan la obtención de consentimientos válidos, la configuración de banners conforme a la normativa y la documentación del cumplimiento.

Hay que tener muy presentes los derechos de los usuarios que se deben garantizar respecto a sus datos personales, de acuerdo con el RGPD, como se pueden ver en esta tabla.

DerechoCuándo aplicaObligaciones de la empresa
Derecho de accesoSiempre que el usuario solicite información sobre sus datos.Facilitar copia de los datos, finalidades, destinatarios, plazo de conservación y bases jurídicas en un plazo máximo de 1 mes.
Derecho de rectificaciónCuando los datos estén incorrectos, incompletos o desactualizados.Verificar la solicitud y actualizar los datos sin demora injustificada.
Derecho de supresión (derecho al olvido)Datos ya no necesarios, retirada del consentimiento, tratamiento ilícito, oposición, etc.Eliminar los datos salvo obligación legal de conservarlos; informar a terceros que hayan tratado esos datos.
Derecho de oposiciónCuando el usuario no desee que sus datos se sigan tratando por determinados motivos.Detener el tratamiento, salvo motivos legítimos imperiosos; en marketing directo, es obligatorio cesar siempre.
Derecho de limitación del tratamientoCuando se impugne la exactitud, se cuestione la licitud o el usuario necesite que se conserven para reclamaciones.Marcar los datos como “limitados” y no tratarlos salvo consentimiento o defensa de reclamaciones.
Derecho a la portabilidadTratamientos basados en consentimiento o contrato, siempre que se realicen por medios automatizados.Facilitar los datos en formato interoperable y permitir su transmisión directa si es técnicamente posible.
Derecho a no ser objeto de decisiones automatizadasSistemas de scoring, IA, segmentación automatizada, perfilado sin intervención humana.Garantizar intervención humana, derecho a expresar opinión y a impugnar la decisión.

Asimismo, las empresas deben implementar medidas de seguridad técnica y organizativa, formar a sus equipos, establecer procedimientos para el ejercicio de derechos y valorar la necesidad de designar un Delegado de Protección de Datos (DPO). La combinación adecuada de procesos, tecnología y supervisión es clave para aplicar correctamente ambas normas.

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Novedades recientes y tendencias en protección de datos

En los últimos años, la protección de datos ha experimentado una evolución significativa impulsada por nuevas tecnologías, resoluciones de autoridades europeas y actualizaciones interpretativas de la AEPD. 

Aunque el RGPD y la LOPDGDD siguen siendo los pilares normativos, su aplicación práctica se ha visto influida por aspectos emergentes como la inteligencia artificial, la publicidad digital, la videovigilancia o la gestión del consentimiento en entornos cada vez más complejos. 

Inteligencia artificial y decisiones automatizadas

El uso creciente de algoritmos y sistemas de IA ha llevado a que tanto el RGPD como las autoridades europeas refuercen sus criterios sobre decisiones automatizadas, perfilado y puntuaciones basadas en datos. Estas obligaciones se basan en el artículo 22 del RGPD, que regula la toma de decisiones automatizadas y el derecho a obtener intervención humana.

Además, la Ley de Inteligencia Artificial de la UE, que entrará en vigor de forma progresiva, exigirá que los modelos de IA respeten los principios del RGPD desde la fase de diseño, reforzando la necesidad de implementar controles de privacidad en cualquier sistema basado en datos.

Privacidad en redes sociales y publicidad digital

El uso de datos en campañas de marketing, audiencias personalizadas, lookalike audiences y sincronización de bases de datos con plataformas publicitarias se encuentra bajo una supervisión cada vez mayor. 

El RGPD proporciona el marco para determinar bases jurídicas, transparencia y derechos de los usuarios, mientras que la AEPD y el Comité Europeo de Protección de Datos han publicado criterios que afectan directamente al uso de la segmentación, la elaboración de perfiles y el tratamiento conjunto de información entre empresas y plataformas tecnológicas. 

Para las organizaciones, esto implica adoptar prácticas más estrictas de información, consentimiento y documentación de actividades de tratamiento vinculadas al marketing digital.

Mayor supervisión en videovigilancia, biometría y ámbito laboral

Las resoluciones recientes de la AEPD muestran un aumento de sanciones relacionadas con el control laboral, el uso de cámaras y los sistemas biométricos para fichaje o acceso. 

En estos casos, el RGPD establece los principios generales de proporcionalidad y minimización, mientras que la LOPDGDD concreta requisitos esenciales: obligación de informar previamente, limitaciones al reconocimiento facial, criterios para la conservación de grabaciones y medidas adicionales para evitar tratamientos excesivos. 

Esta evolución refuerza la necesidad de revisar políticas internas y garantizar que cualquier solución tecnológica respete el marco normativo.

Descargo de responsabilidad: Usercentrics no provee asesoría legal y la información provista tiene fines únicamente educativos. Siempre recomendamos recurrir a consultorías legales cualificadas o especialistas en privacidad en relación a las cuestiones y operaciones sobre privacidad y protección de datos.

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